INCAPACITACIONES
Evitar perjuicios patrimoniales.
Nuestro despacho obtendrá judicialmente una resolución por la que se declare incapaz a la persona con deficiencias físicas o psíquicas, o enfermedades que impidan a la persona gobernarse por sí misma a fin de evitar perjuicios patrimoniales y proteger así los derechos e intereses del incapaz, mediante la figura de la tutela, la curatela o defensor judicial..